domingo, 18 de noviembre de 2018

Contrato del Retablo de La Iglesia


Hinojosa 17-IV-1636. El Br. Miguel de Alcázar, cura de la parroquial, y Juan de Garcés, mayordomo de la misma, piden fianzas a José Rodríguez "y en el interim que no las da por esta decimos el dicho Maestre que se obliga con su persona y bienes muebles y raíces habidos y por haber de hacer y dar asentado el retablo de la capilla mayor para el día de San Miguel del año que viene de seiscientos y treinta y siete años en la forma que va en la planta que han elegido  que está firmada de dicho cura y sacristán [Francisco Martínez] a ruego del mayordomo y de dicho Maestro al pie de dicha planta y traça que es en el pedestral los doçe apóstoles de medio talle al lado del sagrario al derecho San Marcos, sl izquierdo San Juan evangelista. Al lado derecho de la Asunción San Lucas, al izquierdo S. Mateo y en el remate un Cristo, nra. Sra. y S. Juan a los lados los cuatro dotores arroba con dos escudos en medio de modo que remate  conforme al arte = en la caja de nra. Señora que --- del remate del sagrario un trono de serafines sobre que ajunte la imagen de los milagros que está en el antiguo dos ángeles que la coronen y dos abajo que la --- en las cuatro historias al lado del evangelio en la vajera el nacimiento en el somero de dicho lado la anunciaicón e en el bajo de la epístola la adoracion, en la somera de dicho lado la circuncisión y en todo lo demás guarde y cumpla conforme la traza. Y en cuanto al sagrario venga envevido en dicho retablo por que no se acomode la mesa del altar en la puerta del sagrario la Resurección de medio talle al lado derecho San Estaban al izquierdo S. Laurencio de bulto y en todo lo demás se guarde el Arte = Y nosotros el dicho cura y mayordomo que es al presente nos obligamos con los frutos de dicha iglesia de darlos e pagarlos al dicho Maestro cada y cuando que los dichos señores provisores mandaren se le entreguen para el día de Señor San Miguel primero que viene por cuanto los frutos de la iglesia están prestados al concejo hasta dicho díade San Miguel. Y es condicion que si para dicho día no diere asentado dicho ratablo haya de perder la cuarta parte de la tasación y que haya de quedar de los frutos para habiminto de la iglesia la cuarta parte. Y en esta conformidad nos obligamos cada una de por lo que nos toca y yo el dicho Maestro me obligo a dar fienzas aprobadas por los señores provisores y a su satisfacción y traer copia al dicho cura y mayordomo para seguridad de dicha iglesia..." ff. 100v-101r.

EB 6-IV-1636. Lo sprovisores "habiendo visto lo pedido por Joséph Rodríguez, excultor, vecino de esta dicha villa y la licencia y contrato preentado de la obra dek retablo maior de Ynoxosa del Campo = dixeron que de las fianzas que ofreçe por su petición que son Alonso de Rello, Françisco de Salas y Diego Çíçero y junto con ellas ---- el dicho contrato el dicho Joséph Rodríguez por ante escribano y se lleve a sus mercedes para lo ver y proveer encuanto a      que se le acuda con lo que él pide". Firma Diego del Canto y Rincón. f. 102r. 

EB 13-V-1636. José Rodríguez, arquitecto, vecino de EB, dice que los provisores le han encargado hacer la obra del retablo de Hinojosa del Campo "que se mandó hacer en la visita por la precisa necesidad que la iglesia tenía de él y en conformidad de cierta traza que se dio para hacerle de que se me dio licencia y mandamiento para que el cura y mayorodmo hiciesen conmigo el contrato necesario que en diez y seis días del mes febrero que pasó de este año de mil y seiscientos y treita y seis que está firmada su merced del Dr. D. Diego del Río y Malo, provisor y vicario general de este dicho obispado, refrendado de Cristóbal de Arta, notario se su Audiencia, con la cuya licencia y mandamiento requerí al Br. Miguel de Alcáçar, cura del dicho lugar, y a Juan García, mayordomo de la iglesia en cuya virtud y cumplimiento ellos y yo hicimos el contrato de la dicha obra entre nosotros mismos a falta de escribano --- de letrado dicho cura firmado de su nombre y mío y a ruego de dicho mayordomo lo firmó Francisco Martínez, sacristán, testigo que fue de él con otros que pasó en el dicho lugar de Hinoxosa a diez y siete días del mes de Abril que pasó de este dicho presente añon el cual yo no di fianzas por no tenerlas en el dicho lugar y ofrecí darlas en esta villa a satisfacción de los Sres. provisiores..." Los da en 5-V-1636. Ahora hace retificacion, obligacion y fianza. ff. 103r-1106v.

     EB 14-V-1636. Los provisores "habiendo visto el contrato hecho y otorgado por el cura y nayordomo de la iglesia prroquial del lugar de Ynoxossa del Campo y Joséph Rodríguez, escultor, vecino de esta villa, en razón de la obra del retablo mayor de madera que tiene a hacer para la c apill mayor de la dicha iglesia y la ratificación hecha del dicho contrato por dicho Joséph Rodríguez y las fianzas dadas para el sudodicho que se otorgó por ante el presente escribano, dixeron que aprobaban y aprobaron, ratiticaba y ratificaron y dieron por buena la dicha escritura de contrato otorgada por el dicho Joséph Rodríguez, cura e mayordomo y la rarificación y obligación de fianza y contrato otorgada por los dichos Joséph, principal, Francisco de Salas, Alonso de Rello y Diego de Zízero, fiadores..." f. 107rv.

Dar las gracias por la trascripción del documento a José Vicente de Frías Balsa